| Información básica |
| Organismo otorgante: |
(Nacional) Instituto de Crédito Oficial (ICO). |
| Fuente: | ICO |
| Duración: | Anual |
| Presupuesto: | 7.000 millones de euros |
| Descripción y alcance |
| Materias: | Instrumentos de FinanciaciónInversión en Activos |
| Objetivos: | La Línea PYME está destinada a financiar el desarrollo de proyectos de inversión de las pequeñas y medianas empresas españolas en condiciones preferentes. |
| Características de la ayuda |
| Tipo: | Préstamo subvencionado |
| Porcentaje: | El importe máximo financiable será del 80% del proyecto de inversión neto para las microempresas y hasta el 70% para el resto de las PYME, de acuerdo con las definiciones antes citadas. En ambos casos, se excluye el IVA o cualquier otro impuesto de la financiación a obtener. |
| Acciones apoyables: | Activos fijos nuevos. Entre los requisitos previos para considerar financiable un proyecto de inversión que afecte al inmovilizado, deberán cumplirse los siguientes límites: - Si el proyecto presentado incluye inversión inmobiliaria, esta no será superior al 80% del importe de la inversión total a financiar. - Si el proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales “tecnológicos”, destinados a la innovación o modernización tecnológica de las PYME, tales como redes de uso local, programas informáticos o páginas web, no estará sujeta a limitación. - Si el proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales “no tecnológicos”, tales como concesiones, licencias, franquicias, traspasos y otros similares contemplados por el PGC, no será superior al 50% de la inversión total a financiar. - Se financian los gastos de constitución y primer establecimiento en empresas de nueva creación (constituidas a partir de 1 de julio de 2005) Las partidas de activo material no están sujetas a limitación. En todo caso no se financian: Reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, circulante, IVA y otros impuestos ligados a la inversión |
| Otras informaciones: | Esta Línea está sometida a la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea. |
| Beneficiarios |
| Beneficiarios: | PymeProfesionalesPersonas Físicas |
| Tipo entidad: | Personas físicas o jurídicas, que estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y que, según la definición adoptada por la Comisión Europea de mayo de 2003, cumplan los siguientes requisitos: MICROEMPRESAS o De 1 a 9 empleados. o Volumen de negocio anual y/o cifra de balance general no superior a 2 millones de euros. o No podrá estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los criterios antes citados. PYME o De 10 a 249 empleados. o Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros. o No podrá estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los criterios antes citados |
| Localización: | Personas físicas o jurídicas, que estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y que, según la definición adoptada por la Comisión Europea de mayo de 2003, cumplan los siguientes requisitos: MICROEMPRESAS o De 1 a 9 empleados. o Volumen de negocio anual y/o cifra de balance general no superior a 2 millones de euros. o No podrá estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los criterios antes citados. PYME o De 10 a 249 empleados. o Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros. o No podrá estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los criterios antes citados |
| Documentación y plazo |
| Plazo presentación: | 31/12/2006 |
| Tramitación: | La tramitación se realizará directamente en las oficinas de los principales bancos y cajas de ahorro establecidas en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por Bancos y Cajas en las condiciones indicadas. Instituto de Crédito Oficial (ICO). Dirección General de Inversiones del Instituto de Crédito Oficial (Paseo del Prado, 4-28014 Madrid Tel.91 592 15 55), que estudiará el proyecto para su evaluación técnica y financiera
Vigencia: hasta el 31 de Diciembre de 2006 o finalización de fondos. |