Línea ico emprendedores 2006
| Información básica |
| Organismo otorgante: |
(Nacional) Instituto de Crédito Oficial (ICO). |
| Fuente: | ICO |
| Duración: | Anual |
| Presupuesto: | 50 millones de euros |
| Descripción y alcance |
| Materias: | Creación de EmpresasOtras MateriasInversión en Activos |
| Objetivos: | Con la Línea ICO Emprendedores 2006, el Instituto de Crédito Oficial apoya y financia, en condiciones preferentes, la creación de nuevas empresas o de nuevas actividades profesionales. |
| Características de la ayuda |
| Tipo: | Préstamo subvencionado |
| Porcentaje: | El importe máximo financiable será el 90% del proyecto de inversión neto. |
| Acciones apoyables: | Activos fijos nuevos. Entre los requisitos previos para considerar financiable un proyecto de inversión que afecte al inmovilizado, deberán cumplirse los siguientes límites: • Si el proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales “tecnológicos”, destinados a la innovación o modernización tecnológica de las PYME, tales como redes de uso local, programas informáticos o páginas web, no estará sujeta a limitación. • Si el proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales “no tecnológicos”, tales como concesiones, licencias, franquicias, traspasos y otros similares contemplados por el PGC, no será superior al 50% de la inversión total a financiar. • Se financian los gastos de constitución y primer establecimiento en empresas de nueva creación (constituidas a partir de 1 de julio de 2005), con el límite del 10% de la inversión total a financiar. Las partidas de activo material no están sujetas a limitación. en todo caso no se financian los activos inmobiliarios ni las reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, circulante, IVA y otros impuestos ligados a la |
| Otras informaciones: | Esta Línea es incompatible con la Línea ICO – PYME 2006, no pudiendo solicitar financiación de ambas líneas para la misma inversión. Esta Línea está sometida a la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea. |
| Beneficiarios |
| Beneficiarios: | Pyme |
| Tipo entidad: | A efectos de lo previsto en esta línea de financiación, se considerará empresa nueva, o nueva actividad en el caso de profesionales, aquélla que cumpla los requisitos siguientes: Haber sido constituida a partir del 1 de julio de 2005. • No tener más de 49 trabajadores a 31 de diciembre de 2005, cumpliendo el resto de requisitos de Pyme establecidos por la definición de la U.E., en cuanto a facturación (no superior a 50 millones de euros) y/ó balance (no superior a 43 millones de euros). • No pertenecer a un grupo empresarial ó económico, ni consolidar cuentas anuales. |
| Localización: | A efectos de lo previsto en esta línea de financiación, se considerará empresa nueva, o nueva actividad en el caso de profesionales, aquélla que cumpla los requisitos siguientes: Haber sido constituida a partir del 1 de julio de 2005. • No tener más de 49 trabajadores a 31 de diciembre de 2005, cumpliendo el resto de requisitos de Pyme establecidos por la definición de la U.E., en cuanto a facturación (no superior a 50 millones de euros) y/ó balance (no superior a 43 millones de euros). • No pertenecer a un grupo empresarial ó económico, ni consolidar cuentas anuales. |
| Documentación y plazo |
| Plazo presentación: | 31/12/2006 |
| Tramitación: | La tramitación se realizará directamente en las oficinas de los principales bancos y cajas de ahorro establecidas en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por Bancos y Cajas en las condiciones indicadas. Instituto de Crédito Oficial (ICO). Dirección General de Inversiones del Instituto de Crédito Oficial (Paseo del Prado, 4-28014 Madrid Tel.91 592 15 55), que estudiará el proyecto para su evaluación técnica y financiera. Vigencia: hasta el 31 de Diciembre de 2006 o finalización de fondos. |
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