FINANCIACION PREFERENCIAL |
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ICO- LÍNEA PARA Pyme 2003.
El Instituto de Crédito Oficial otorga esta ayuda con el objeto de facilitar la financiación a las Pymes Españolas en condiciones preferentes. |
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Se trata de una ayuda financiera, que concede un préstamo de hasta un 70% del valor a financiar de la inversión (o un máximo de 1,5 millones de € por beneficiario y año). Además de ser Pyme, para considerar financiable un Proyecto de Inversión que afecte al inmovilizado deberán cumplirse los siguientes límites: - Si el Proyecto presentado incluye Inversión Inmobiliaria, ésta no será superior al 80% del importe de la inversión total a financiar. - Si el Proyecto presentado incluye Inversión Inmaterial, ésta no será superior al 50% del importe de la inversión total a financiar. - Si el Proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales 'tecnológicos', destinados a la innovación o modernización tecnológica de las PYME, tales como redes de uso local, programas informáticos o páginas web, no estará sujeta a limitación. Esta ayuda se concede a través de entidades bancarias, que mantienen convenio con ICO. Para solicitarlo es necesario tener la condición de PYME., según la definición adoptada por la Comisión de las Comunidades Europeas, cumplan las siguientes condiciones: - Menos de 250 trabajadores - Volumen de negocio anual igual o inferior a 40 millones de €, o balance general anual no superior a 27 millones de € . - No estar participada por gran empresa o grupo de grandes empresas en un porcentaje igual o superior al 25% del capital. El empresario puede elegir entre: - 3 años, sin carencia. - 5 años, sin carencia o con un periodo de carencia de 1 año. - 7 años, sin carencia o con un periodo de carencia de 2 años. Tipos de interés: Para autónomos y empresas entre 1 y 9 empleados: - Fijo, durante toda la vida del préstamo + 0,40 puntos porcentuales. - Variable, referenciado a EURIBOR 6 meses + 0,40 puntos porcentuales. Para empresas con más de 10 empleados: - Fijo, durante toda la vida del préstamo + 0,50 puntos porcentuales. - Variable, referenciado a EURIBOR 6 meses + 0,50 puntos porcentuales. El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y las Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de: - Comisión de apertura. - Comisión de estudio. - Comisión de disponibilidad.
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CONSULTENOS SU PROYECTO |
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¿Cuándo se puede proceder a la devolución de las subvenciones por incumplimiento? Las Subvenciones podrán financiar en parte mi proyecto de Inversión? |
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Respuesta. Se procederá, con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a el reintegro de las cantidades percibidas en concepto de subvención pública y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención y en la cuantía fijada en los siguientes casos: a) Incumplimiento de la obligación de justificación. b) Obtención de la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello. c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida. d) Negativa u obstrucción a las actuaciones de control por parte de la administración. Cuando proceda al reintegro por alguna de las causas expuestas, corresponderá al órgano de la entidad concedente que otorgó la subvención adoptar la decisión de exigir su devolución. Respuesta. Técnicamente las ayudas oficiales a fondo perdido pueden formar parte de los recursos propios, aunque en la práctica las empresas han de tener en cuenta que las subvenciones que se obtengan se cobraran meses más tarde después de atender con otros recursos el pago por cuyos conceptos se han concedido las subvenciones. Por lo tanto se ha de contar siempre con los fondos propios y ajenos con los que se disponga para llevar a cabo el proyecto. Las ayudas y subvenciones no tienen que decir la viabilidad de la empresa. La inversión debe ser viable por si mismo independientemente de los ingresos o créditos que tengamos concedidos por parte de la administración, se debe considerar las ayudas como un premio a la puesta en marcha del proyecto de inversión, de modo que el estudio de viabilidad de la empresa debe de realizarse sin contar con las subvenciones, aunque complementariamente se puede estudiar el efecto que las ayudas tendrán en los cálculos de tesorería y cuenta de pérdidas y ganancias. Ahora bien, no se debe renunciar a ellas, ya que suponen un ingreso extra para la PYME, que le permite ganar competitividad. La viabilidad empresarial supondrá el crecimiento y el mantenimiento de la empresa en el tiempo, independientemente de las subvenciones, aunque estas suponen un balón de oxigeno sobre todo para la tesorería del primer año de la empresa.
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SUBVENCION A FONDO PERDIDO |
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Incentivos Económicos Regionales.
Esta ayuda es otorgada por el Ministerio de Economía y Hacienda a través de los fondos Europeos FEDER(Fondos Europeos de Desarrollo Regional). |
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La subvención de Incentivos Económicos Regionales se recoge en la Ley 50/1985 publicada en el BOE el 3 de enero de 1986, con el objeto de reducir las diferencias de situación económico en el territorio nacional. La subvención esta dirigida a todo el sector de la industria extractiva, y transformadoras, especialmente las que apliquen tecnologías avanzadas o utilicen energías alternativas, empresas de servicios a la industria, establecimientos de alojamiento hotelero (especialmente de 3,4 y 5 estrellas), establecimientos de turismo rural, así como otras ofertas turísticas complementarias. El porcentaje medio de subvención que se esta resolviendo oscila entre el 10% y el 30% de la inversión global que realice la empresa, dependiendo de la Comunidad Autónoma donde se ubique la inversión. Como establece el articulo 8º del Real Decreto 1535/1987, los proyectos subvencionables son: - Los proyectos de creación de nuevos establecimientos, y generen además nuevos puestos de trabajo. - Los proyectos de ampliación que supongan el desarrollo de la actividad ya iniciada, siempre que generen puestos de trabajo y la modernización o ampliación suponga un aumento significativo de la capacidad de producción. - Proyectos de traslado, desmontaje, traslado y montaje de empresas. Por otra parte las inversiones subvencionables serán: - Adquisición de los terrenos necesarios para la implantación del proyecto. - Traídas y acometidas de servicios. - Urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto. - Obra civil en: Oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas, edificios de producción, edificios de servicios industriales, almacenamiento de productos terminados y otras obras vinculadas al proyecto. - Bienes de equipo en: Maquinaria de proceso, servicios de electricidad, generadores térmicos, suministro de agua potable, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos residuales, medios de protección del medio ambiente y otros bienes de equipo ligados al proyecto. - Trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y de dirección facultativa de los trabajos. - Otras inversiones en activos fijos materiales (utillaje, herramientas, estanterías, ordenadores, etc.). - Investigación y desarrollo (I+D) que realice la propia empresa y otros activos intangibles ligados a la inversión solicitada en cuantía no superior al 20% de la inversión total aprobada para el proyecto. La Administración exige que la empresa autofinancie como mínimo el 30% de la inversión. El plazo de solicitud de subvenciones está abierta permanentemente hasta el año 2006.
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CONSULTAS DE TIPO PRACTICO |
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¿Cuales son las principales materias y objetivos de la financiación pública? |
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a) Empleo Debido al desempleo existente en España, éste es uno de los objetivos prioritarios de la Administración, por ello creó diferentes líneas de subvención. Existen líneas de subvenciones encaminadas a corregir estos desequilibrios ocupacionales, que se canalizan a través de las ayudas concedidas principalmente por las Comunidades Autónomas que tienen descentralizada dicha competencia, aunque además existen líneas nacionales y comunitarias. Gran parte de los fondos utilizados por estas líneas provienen de los fondos estructurales, y dentro de los mismos, a través del Fondo Social Europeo. b) Formación La formación es una de las prioridades más importantes para las autoridades españolas, por lo que se destinan importantes fondos a la realización de actividades formativas. A través de un acuerdo nacional entre todos los interlocutores sociales (gobierno, trabajadores y empresarios), se fomenta la realización de cursos de formación no sólo a desempleados, sino también a trabajadores en activo. Parte de los fondos para realizar estas actividades, al igual que en el apartado de empleo, provienen de los Fondos Estructurales (FSE). c) Inversiones En España, los incentivos para inversiones en general están relacionados estrechamente con áreas con problemas específicos, por ejemplo Áreas en Declive Industrial ó Áreas de Promoción Económica, estructurándose mediante subvenciones del Programa de Incentivos Económicos Regionales, así como a través de programas de las diversas comunidades autónomas, tratando de incentivas las inversiones en su correspondiente comunidad. Áreas de Promoción Económica: Andalucía, Aragón, Canarias, Castilla - La Mancha, Castilla - León, Ceuta, Galicia, Melilla, Murcia, y Comunidad Valenciana. d) Investigación y Desarrollo. La Administración estimula a las empresas a realizar actividades de I+D a través de diversos programas que cubren la mayoría de los campos de investigación, tales como materiales, medio ambiente, nuevos materiales, etc. e) Asesoramiento Empresarial y cooperación empresarial. La mayoría de incentivos en esta área se dirigen a potenciar planes de marketing, estrategia, innovación y cooperación entre Pymes. En este concepto se subvenciona el coste de la contratación de consultores para identificar los problemas y oportunidades estratégicas para operar con éxito en el Mercado Común. También se promociona el asesoramiento técnico relacionado con la normalización de los productos o procesos. f) Calidad Dada la globalización de la economía mundial y la fuerte competencia internacional, desde la Administración se potencian las inversiones destinadas a alcanzar niveles de calidad europeos. Ejemplos de ayudas a la Calidad: Apoyo a los sistemas de Garantía de Calidad, Promoción de Calidad, Apoyo al producto industrial, Programa de contratación de estudios sobre procesos de homologación y/o certificación de productos, fomento de la calidad agroalimentaria, etc. |
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